TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA

NOMBRAMIENTOS DE JUECES DE PAZ

PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA - 1 -
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA 08745-2011
CDAD. VALENCIANA


Nombramiento jueces de paz titular y sustituto de Catí

ACUERDO

de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por el que se nombran Jueces de Paz.

          En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento número 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995) se hace público que La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en sesión del día de la fecha ha adoptado el siguiente Acuerdo:

JUECES DE PAZ

          68º.- Nombrar a Doña Vanesa María Celma García, con D.N.I. 20249931-H, Juez de Paz titular y a Doña María Carmen Capsir Ortí, con D.N.I. 18996074-Y, Juez de Paz sustituta de “CATÍ” (VINARÒS-CASTELLÓN.), para un período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de sus nombramientos en el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegidas para el desempeño de tales cargos por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 1 de agosto de 2011, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 397/1994, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídanse los correspondientes nombramientos, que se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Castellón.

           Advertir a las nombradas que deberán tomar posesión del cargo en el Juzgado de Paz de Catí dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de sus nombramientos en el "Boletín Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberán prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Vinaròs; y si se negasen a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejaran de tomar posesión sin justa causa, se entenderá que renuncian al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de Paz").

           Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

 
Valencia a 7 de septiembre de 2011.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, Jesús Olarte Madero.


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA BOP 114 - 17 de septiembre de 2011
 

 

JUECES DE PAZ